Antes de iniciar tu solicitud, te recomendamos revisar los requisitos de acceso. Cumplirlos garantiza tu elegibilidad para poder optar a una vivienda que se adapte a tus necesidades.
Te mostramos un resumen de los requisitos de acceso a una vivenda, que vienen regulados por el art. 7 del decreto 84/2020, de 7 de octubre, de la Comunidad de Madrid.
Destinar la vivienda a residencia habitual y carecer de otra vivienda en todo el territorio nacional.
Ser mayor de edad o menor emancipado.
Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
Cumplir con los límites de ingresos brutos establecidos según el tipo de vivienda.
No destinar más del 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total anual.
Prioridad para aquellos empadronados y/o con su centro de trabajo en el municipio al que se opta a una vivienda con una antigüedad mínima de 3 años.
En Park View hemos diseñado un proceso de alquiler ágil y transparente, que te acompaña desde la solicitud hasta la firma del contrato con la máxima seguridad y comodidad.
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